sábado, 31 de octubre de 2009

El estado podrá utilizar vacunas y fármacos no autorizados sobre cualquier persona en España, sin que se pueda exigir responsabilidades por los daños



En el Real decreto 1015/2009 publicado en el BOE el 20/07/2009, se dice que el estado podrá utilizar vacunas y fármacos no autorizados sobre cualquier persona en España, sin que se pueda exigir responsabilidades por los daños que estos puedan causar.

Y literal dice 'en los casos de propagación supuesta ó confirmada de agentes patógenos ó químicos, toxinas ó radiación nuclear'

Este es el enlace:

http://www.boe.es/boe/dias/2009/07/20/pdfs/BOE-A-2009-12002.pdf


art.24.5: La Agencia Española podrá autorizar temporalmente la distribución de medicamentos no autorizados, en respuesta a la propagación supuesta ó confirmada de un agente patógeno ó químico, toxina ó radiación nuclear capaz de causar daños. En estas circunstancias, si se hubiere recomendado ó impuesto por la autoridad competente el uso de medicamentos en indicaciones no autorizadas ó de medicamentos no autorizados, los titulares de la autorización y demás profesionales que intervengan en el proceso estarían exentos de responsabilidad civil ó administrativa por todas las consecuencias derivadas de la utilización del medicamento, salvo por los daños causados por productos defectuosos.

En fin, yo creo que este último apartado 5 del art. 24 es el que nos importa, pues la reglamentación de los medicamentos no autorizados, es lo que ahora se acaba de hacer.

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